
Evita que tus cosméticos sean retenidos en Aduanas

De seguro te has topado alguna vez con artículos que te han llamado mucho la atención, o con una muy buena oferta de productos de belleza en internet.
Pongamos el caso, de las tantas frecuentes, que entras a la web de COLOURPOP; eliges varios productos y los mandas a la bolsa; es más, logras generar más de 50 dólares de pedido para que el envío sea gratuito (por supuesto los aranceles aduaneros no están incluidos).

Esperas con ansias la llegada de tu pedido.
A los pocos días tu compra ya está en Perú; vas a recogerlo, pero en lugar de tener la enorme felicidad de recibir tu mercadería te das de cara con un papel que lleva de título, en grande y resaltada, la palabra “NOTIFICACIÓN”, y no menos es la preocupación que te invade cuando ves en la parte superior izquierda que dice SUNAT.
Las expectativas de tener en tus manos los productos que compraste se ven truncadas al saber que Aduanas ha retenido tu compra, por “carecer de la NOTIFICACIÓN SANITARIA OBLIGATORIA (*) que emite la DIGEMID (**) para este tipo de artículos” y que sin ella definitivamente no podrás retirar tus productos.

Este tipo de casos, aunque parezca aislado, ocurre con mucha frecuencia, y no solo con las compras que se hacen por internet; aquí algunos otros casos:
– cuando desde fuera, una amistad o familiar, te los envían como regalo.
– cuando compras en el extranjero productos de este tipo con el fin de venderlos a tu retorno al Perú.
– cuando traes del extranjero una variedad de productos para poder obsequiarlos entre los tuyos.
– cuando quieres iniciar tu proyecto de importación de cosméticos y solicitas muestras a tu potencial proveedor.

Antes de que siquiera puedas pensar en realizar una compra por internet de productos cosméticos del exterior o quieras traerlos de una u otra forma, es mejor que tomes en cuenta los siguientes consejos:
1. Puedes importar hasta 4 unidades como persona natural
Hace poco DIGEMID emitió un comunicado donde autoriza la importación de cosméticos, y otros artículos (como productos de higiene doméstica, productos absorbentes de higiene personal y artículos para bebés), sin la necesidad de que cuenten con NSO.
Por supuesto que esto tiene sus restricciones, ya que con esta modalidad solamente puedes importar 4 unidades en total y solo hasta tres veces durante un año calendario.
2. Puedes importar muestras sin NSO
Cuando quieras traer muestras de cosméticos u otro tipo de productos sanitarios, para que realices un pequeño estudio de mercado en Perú, hay que solicitar previamente un permiso ante DIGEMID.
Las tendencias en lo referido a belleza y cuidado personal son variados, por lo que te vendría bien probar entre distintas marcas para evaluar previamente tu mercado.
Puede que esto te parezca engorroso o muy difícil (imagínate estar yendo de un lado a otro para hacer estos trámites ante el Ministerio de Salud), y con mayor razón por el hecho de que no se puedan realizar a título personal sino a través de una Droguería.
Para eso estamos nosotros, quienes podemos ayudarte con todo el proceso de modo que no pierdas tiempo ni dinero, ni te arriesgues a que tu trámite termine como improcedente.
3. Importa tus propios productos, con NSO
Para importar cosméticos, y poder comercializarlos en el mercado peruano, hay que cumplir una serie de requisitos, entre ellos contar con un almacén certificado, un Director Técnico, una oficina administrativa, y demás requisitos contemplados en la normativa vigente; es decir, contar con la empresa importadora que en este caso ha de constituirse como Droguería.
El paso siguiente será presentar los requisitos necesarios para obtener la autorización sanitaria (NSO) de tus productos, tales como composición, exámenes microbiológicos, rotulado del producto, certificado de libre venta, entre otros…
¡Aguarda, tómalo con calma!, no te angusties ni asustes por todos estos términos un tanto técnicos, ya que prácticamente todos ellos los maneja el fabricante, y por supuesto nosotros estaremos de la mano con ellos para recabar la información requerida y poder obtener tus registros de la forma más optima.
4. Asegúrate de tener una buena asesoría
El mundo de los productos de belleza es uno de los campos más dinámicos y que además se encuentra en un crecimiento sostenido.
Si bien existen requerimientos que cumplir, y una inversión que has de hacer, lo mejor será que tengas la absoluta seguridad de obtener los resultados esperados.
No basta con que te brinden asesoría para obtener la Droguería y los registros, es importante que te asegures de contar con el equipo idóneo para que en base a sus conocimientos y experiencia te apoyen “desde cero” (si así lo requieres), hasta incluso con los temas de importación y el marketing para que tu ingreso al mercado se lleve a cabo de la mejor manera.

(*) NSO son las siglas de Notificación Sanitaria Obligatoria, que en palabras sencillas es la autorización emitida por Digemid para que puedas importar y comercializar tus productos.
(**) DIGEMID es la entidad del Ministerio de Salud encargada de evaluar y brindar las autorizaciones correspondientes a este y otro tipo de productos relacionados con la salud y la belleza.
¿Te ha pasado alguna vez o has visto un caso similar?
¿Tienes interés en importar cosméticos y comercializarlos en Perú?
En Medina Consultant Group contamos con el equipo humano para lograr que tu proyecto se concrete y salga adelante: desde el inicio hasta la puesta en mercado.
Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos:
www.medinagroup.pe
servicios@medinagroup.pe
(+51) 930 259 224 – (+51) 940 215 726
Que tengas un buen día.
Juan Medina